¿Los accidentes durante un pase de salida son considerados riesgo de trabajo?
El pase de salida suele ser empleado por diversas empresas como un permiso para atender asuntos personales.
¿Qué ocurre si en tu pase de salida sufres un accidente? ¿Podría considerarse un riesgo laboral? Los artículos 473 de la Ley Federal del Trabajo y 41 de la Ley de Seguridad Social definen los riesgos de trabajo. Estos se entienden como los accidentes o enfermedades a los que está expuesto un trabajador con motivo de su actividad laboral.
Por tanto, un percance que se produce durante el goce de un pase de salida, no se considera un accidente de trabajo. Principalmente, porque la persona beneficiada con este tipo de pases no lleva a cabo una actividad relacionada con sus funciones.
Sin embargo, el patrón tendría que informar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). De forma específica, sobre esta situación mediante el formato ST-7 “Aviso de Atención Médica Inicial y Calificación de Probable Accidente de Trabajo”. En dicho documento, manifestará que el trabajador se vio en la necesidad de interrumpir su jornada laboral. Además, deberá aclarar que se retiró del centro de trabajo.
Especialistas recomiendan ofrecer como prueba la documentación. Es decir, en la cual se acredite que el trabajador no estaba efectuando actividades laborales. Por ejemplo, el documento o constancia del otorgamiento del “pase de salida”.